La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este jueves la venta en todo el país de dos marcas de aceites de oliva y de una reconocida golosina que fue popular en la década de los ochenta. La medida se tomó luego de constatar que se trata de productos falsificados, cuya elaboración y condiciones son desconocidas, lo que los hace potencialmente perjudiciales para la salud de los consumidores.
La decisión fue oficializada mediante las Disposiciones 7831/2025, 7833/2025 y 7934/2025, publicadas en el Boletín Oficial y firmadas por la titular del organismo, Nélida Agustina Bisio.
En la Disposición 7831/2025, la ANMAT prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización de cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento del producto rotulado como "Aceite de oliva extra virgen, marca: Olivos de Arauco", originario del Departamento Arauco, Provincia de La Rioja. Según la resolución, el aceite carece de registros sanitarios tanto de establecimiento como de producto y utiliza indebidamente registros de otro elaborador, por lo que se considera un producto apócrifo.
La Resolución 7833/2025 incluyó en la prohibición al "Aceite de oliva extra virgen - Primera prensada en frío, sabor intenso", marca Cumbres Riojanas, también de La Rioja. El organismo explicó que el producto está falsamente rotulado, empleando números de RNE y RPPA inexistentes, por lo que se considera apócrifo.
Finalmente, la Disposición 7834/2025 alcanzó a la golosina "Golosina a base de oblea y azúcar, marca Gallinita Orly". La medida prohíbe su comercialización en cualquier presentación, lote o fecha de vencimiento, así como de todos los productos que utilicen en sus rótulos los mismos números de RNE y RNPA falsos, considerándolos también productos apócrifos.
Con estas resoluciones, la ANMAT busca proteger la salud pública y prevenir la circulación de alimentos que no cumplen con los estándares sanitarios vigentes en el país.




